DE NUEVO LAS DEVOLUCIONES EN CALIENTE
Las devoluciones en caliente son
rechazos en la frontera de las personas que intentan y logran cruzarlas sin
portar más documentación que sueños de una vida mejor y una dignidad herida.
Estas prácticas comenzaron a realizarse de manera pública en EspañaE el año
2014. Gobiernos de distintos colores han ordenado la ejecución de devoluciones
en caliente en las fronteras de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla....Y es que los migrantes por no tener no tienen ni voto.
El Constitucional ha avalado recientemente la
disposición la Ley de Seguridad Ciudadana que regula las devoluciones en
caliente en estas ciudades. El Alto Tribunal ha hecho suyos algunos de los
argumentos con los que Estrasburgo amparó en febrero estas prácticas del Gobierno para expulsar a migrantes
sin seguir un procedimiento individualizado. "El régimen especial para
Ceuta y Melilla de rechazo en frontera de los extranjeros que intenten entrar
ilegalmente, es conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos
Humanos", sostiene el fallo.
Son palabras que pesan y duelen pero que no nos pueden
hacer callar, ni adormecer nuestra reflexión, ni olvidar nuestros argumentos
para denunciar lo indigno pues:
Ninguna persona es ilegal. Lo
ilegal es que una persona no tenga derechos, futuro ni dignidad.
Veamos:
• El
pasado mes de febrero, la Gran Sala de Estrasburgo validó las
"devoluciones en caliente" o "rechazo en frontera" en Ceuta
y Melilla. El TEDH concluyó por unanimidad que los migrantes que intentaron
asaltar la valla de Ceuta y Melilla "se pusieron ellos mismos en una
situación de ilegalidad" al acceder "a lugares no autorizados".
Pues bien, en la parte final del Preámbulo de la CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA se dice:
“En consecuencia, la Unión reconoce los derechos, libertades y principios
enunciados a continuación”.
Artículo 1
Dignidad humana
La dignidad humana es inviolable.
Será respetada y protegida.
El Tribunal Europeo de Derechos
Humanos ¿respeta con esta sentencia el citado artículo 1?
• El
Constitucional destaca que el rechazo en frontera debe hacerse "con las
garantías que a las personas extranjeras reconocen las normas, acuerdos y
tratados internacionales ratificados por España". Los magistrados también
apuntan a que a la actuación policial debe desarrollarse con "especial
atención" respecto a los migrantes con un perfil "vulnerable",
como menores de edad, las mujeres embarazadas o personas de edad avanzada.
No obstante, en la actualidad,
las fuerzas de seguridad de las ciudades autónomas devuelven de manera
inmediata a los migrantes, sin identificarlos ni estudiar sus casos
particulares, lo que imposibilita la aplicación de cualquiera de las garantías
planteadas por el Constitucional, como atender los casos de perfiles
vulnerables, pues no pueden identificarlos.
Durante este tiempo, centenares de juristas han
recordado a los magistrados que no tenían "obligación" de "hacer
suyos" los argumentos de la Corte europea, pues esta se limita a marcar
las "garantías mínimas" en derechos humanos.
No nos cansaremos de repetirlo:
Ninguna persona es ilegal. Lo ilegal es que una persona no tenga derechos, futuro ni dignidad.
Julia Aguilar
También en esta página:
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FUENTE DE LAS IMÁGENES:
https://www.pinterest.com.mx/pin/123778689739220541/
https://clate.org/acciones/congresosycomites/cincuentenario/ningun-ser-humano-es-ilegal-3/
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